Protección de datos
El 25 de mayo de 2018 entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos), -en adelante RGPD-, cuyo objeto es el establecimiento de las normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de tales datos. Por su parte, el 6 de diciembre de 2018 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, -en adelante LOPDGDD-, cuyo objeto es completar y adaptar el ordenamiento jurídico español al RGPD.
El objetivo común es la protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas y, en particular, su derecho a la protección de los datos personales. De acuerdo con el RGPD, la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental amparado por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la propia Constitución española. Desde esa perspectiva, el papel de las Administraciones Públicas es fundamental como garantes principales de los derechos y libertades de la ciudadanía, en estrecha relación con otros ámbitos como son la transparencia y la seguridad de la información.
La regulación de esta materia mediante Reglamento ha reforzado las garantías para su aplicación directa y alcance general, permitiendo una regulación uniforme para todos los Estados Miembros.
Entre las nuevas obligaciones que las Administraciones Públicas deben cumplir en esta materia destacan, entre otras, la creación y publicación de un Registro de Actividades de Tratamiento (RAT), la implantación de un modelo proactivo basado en la prevención de riesgos y el nombramiento de un Delegado de Protección de Datos.
De acuerdo con el artículo 37.1 del RGPD, la Diputación Provincial de Huesca ha nombrado un Delegado de Protección de Datos, lo que se ha comunicado a la Autoridad de Control para su inclusión en el registro público de Delegados. Esta difusión garantiza que los interesados y/o afectados, así como las Autoridades de Control, puedan contactar de forma ágil y directa con él a los efectos previstos en la normativa citada. El correo electrónico de contacto del Delegado de Protección de Datos de la Diputación es: dpd@dphuesca.es.
Si lo desea, puede acceder a la página web de la AEPD en la que podrá acceder a guías y documentación de interés en la materia. También puede consultar aquí la principal normativa de aplicación:
- Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
- Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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